Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00423-2017
- Tipo
- EXT
- Número
- 00423-2017
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“III.- En cuanto a la declaración de oficio de la deserción, este Tribunal y Sección ha señalado que, cuando el proceso puede continuar por impulso procesal de oficio, no puede el Juzgador, orillando su deber, decretarla. Aquí, cabe recordar, el Juez se encuentra ante la siguiente elección: o cumple con su deber legal de impulsar el proceso, o ejerce su facultad de decretar de oficio la deserción. Ante tal disyuntiva
Consultar documento original ↗