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Resolución 01224-2018
- Tipo
- EXT
- Número
- 01224-2018
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"V.- Lleva razón la parte demandada en su apelación.- El artículo 977 inciso b) del Código de Comercio establece que la interrupción de la prescripción puede ocurrir Por el requerimiento judicial, notarial o en otra forma escrita, siempre que se compruebe que le fue notificada al deudor; y en este caso, aún y cuando se alega que vía correo electrónico se realizó un requerimiento de cobro, lo cierto es que no se demue
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