Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00252-2023
- Tipo
- EXT
- Número
- 00252-2023
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"III.-PRONUNCIAMIENTO.[...] En cuanto a la nulidad del fallo por violación al debido proceso. Es de recordar como básico, que la nulidad procede, cuando exista fundamentalmente un estado de indefensión o bien un vicio grosero del debido proceso, conforme lo establece los artículo 470, 471.5, 471.6, 471.9 del CT concordante con el artículo 32.1 del CPC. En el caso, el Tribunal no le queda la menor duda que lleva razón
Consultar documento original ↗