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Resolución 00031-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00031-2024
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"III. A criterio de este órgano decisor, deberá anularse la resolución que admitió la alzada. El numeral 58.1 del Código Procesal Civil (en adelante CPC) establece que, las resoluciones judiciales se denominarán providencias, autos y sentencias. Son providencias las de simple trámite; autos las que contienen juicio valorativo y, sentencia las que decidan las cuestiones debatidas. La resolución recurrida, aunque en su
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