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Resolución 00669-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00669-2024
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV. [...] Por lo anterior, los agravios del recurrente que se perfilan a indicar que el término de caducidad anual de la vía incidental no ha transcurrido por mantenerse la relación profesional con la entidad incidentada y continuar como abogado de la Caja Costarricense de Seguro Social en el proceso principal, no son de recibo, toda vez que el punto de partida del plazo de caducidad es la terminación del proceso po
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