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Resolución 00065-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00065-2024
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"VI. SOBRE EL CASO CONCRETO. [...] Sus alegatos se deniegan. Tanto en el artículo 28, inciso b), como en el numeral 29, inciso c) del Código de Trabajo, se estableció un plazo en meses, específicamente, uno mayor a los seis meses, para que la persona trabajadora tenga derecho a una indemnización equivalente a 14 y 15 días de salario respectivamente, por concepto de cesantía y preaviso. Ahora bien, lo primero que cabe
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