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Resolución 00054-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00054-2024
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"V. AGRAVIOS Y DECISIÓN DEL TRIBUNAL.[...] A la luz de la carga probatoria que impone el artículo 478 del Código de Trabajo, ciertamente es a la persona trabajadora a quien le corresponde acreditar la prestación personal del servicio. A partir de esa premisa y analizadas las pruebas constantes en autos, estima este Tribunal de Apelación, que basta el contrato de trabajo escrito adjuntado al proceso por ambas partes,
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