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Resolución 00177-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00177-2024
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"Cuarto agravio. En cuanto a los daños y perjuicios.[...] Su reproche se deniega. Si bien el numeral indicado señala que a la persona trabajadora deben reconocérsele los salarios que hubiera percibido desde la fecha de la fecha del despido y hasta la fecha en que debió haber quedado firme la sentencia condenatoria, lo cierto, es que esto debe fijarse, de acuerdo a los términos legales para tramitar y resolver. No se
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