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Resolución 00215-2025
- Tipo
- EXT
- Número
- 00215-2025
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"VII.- Sobre el fondo. De acuerdo con el numeral 136 del Código Procesal Civil, la ejecución de pronunciamientos y acuerdos ejecutorios se ordenará a gestión de parte, y para su conocimiento será competente el tribunal que hubiera dictado el pronunciamiento u homologado el acuerdo o los tribunales especializados establecidos para ese efecto. Solo que legalmente no pudiera hacerse por este, se hará por el tribunal que
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