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Resolución 00226-2025
- Tipo
- EXT
- Número
- 00226-2025
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"V. El artículo 39 del Código Procesal Civil desarrolla las consecuencias de la falta de oposición. La norma citada permite que, en las hipótesis de esa naturaleza, se tengan por acreditados los hechos, en el tanto no resulten contradichos por otras fuentes de prueba. Sin embargo, la regla mencionada no es absoluta. En efecto, la norma indicada contiene salvedades, como los casos en que hay indicios de fraude procesa
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