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Resolución 00416-2025
- Tipo
- EXT
- Número
- 00416-2025
- Materia
- Derecho de Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"III. [...] El anuncio oral de la decisión no es recurrible, sí lo es la sentencia integral, mediante apelación, en cuyo caso el recurso debe ser presentado, también por escrito y con la debida fundamentación, dentro de los tres días siguientes a su notificación. Las resoluciones que se pueden recurrir oralmente en la audiencia, mediante revocatoria y, eventualmente, mediante apelación, son los autos que se emiten en
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