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Resolución 01122-2025
- Tipo
- EXT
- Número
- 01122-2025
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"OCTAVO: [...] . Al respecto no lleva razón la parte recurrente, en tanto el párrafo segundo del artículo 173 del Código de Trabajo dice: "Las deudas que el trabajador contraiga con el patrono por concepto de anticipos o por pagos hechos en excesos se amortizarán durante la vigencia del contrato en un mínimun de cuatro períodos de pago y no devengarán intereses. Es entendido que al terminar el contrato el patrono pod
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