Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00446-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00446-2024
- Materia
- Derecho Agrario
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV.- El numeral 592 Código de Trabajo, por remisión expresa del artículo 60 Ley de Jurisdicción Agraria, impone que, al analizarse una apelación, debe primero revisarse el expediente, para determinar si existen vicios procesales que afecten el proceso o la resolución impugnada y deban ser subsanados, si es pertinente legalmente. Asimismo, el artículo 26 Ley de Jurisdicción Agraria, en lo que interesa dispone: "Cuand
Consultar documento original ↗