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Resolución 01671-2011
- Tipo
- EXT
- Número
- 01671-2011
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“II.- En cuanto a la delimitación entre tentativa y desistimiento y su relevancia en el caso concreto. De acuerdo a la regulación normativa nacional, hay tentativa cuando se inicia la ejecución del delito. Al respecto, el artículo 24 del Código Penal es claro y no deja duda que la fase ejecutiva viene a determinar los elementos esenciales para derivar si en un determinado caso estamos o no en presencia de una acción
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