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Resolución 00887-2025
- Tipo
- EXT
- Número
- 00887-2025
- Materia
- Derecho de Familia
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"I.- [...] En efecto, acorde con esa taxatividad de los medios de impugnación (art. 94) el Código Procesal de Familia, regula que únicamente serán recurridas aquellas resoluciones judiciales, en los casos expresamente señalados y las formas previstas por su normativa.- Por ende, de la aplicación conjunta de los artículos 99 y 100 ambos del Código Procesal de Familia, se deduce que todos los autos son revocables, y se
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