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Resolución 00249-2018
- Tipo
- EXT
- Número
- 00249-2018
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"I.- Reconsideración: Las resoluciones, conforme a la doctrina del artículo 65.1 del Código Procesal Civil (ley número 9342), solo pueden impugnarse mediante los medios y en los casos previstos por la ley (taxatividad de los medios de impugnación). Dado que ni la legislación notarial (artículos 157 y 158 del Código Notarial), ni la procesal civil, aplicada en forma supletoria, contemplan el recurso de reconsideración
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