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Resolución 00094-2018
- Tipo
- EXT
- Número
- 00094-2018
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“II.- Estima esta Cámara que la resolución venida en alzada debe ser revocada pues no existe lesión trascendental al debido proceso ni existe evidencia de que el hecho haya ocasionado indefensión. El resultado de esa notificación fue que su transmisión se efectuó, lo que implica que el acto fue comunicado oportunamente a un medio que esta vigente y activo (f. 1122 y 1132). Visto lo anterior y dado que no hay queja de
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