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Resolución 00200-2020
- Tipo
- EXT
- Número
- 00200-2020
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"III.- SOBRE EL INSTITUTO DE LA PRESCRIPCIÓN EN EL PROCESO DISCIPLINARIO NOTARIAL: El artículo 164 del Código Notarial establece un plazo de prescripción para la acción disciplinaria, de dos años contados a partir de la comisión del hecho que constituye falta merecedora de sanción, salvo los casos en que el hecho sea continuo y la falta se reitere oportunamente en el tiempo ya que estos últimos no prescriben. La pres
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