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Resolución 00078-2020
- Tipo
- EXT
- Número
- 00078-2020
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IX.- SOBRE LOS HECHOS NO CONTENIDOS EN LA DENUNCIA: Si bien el Código Notarial, parte de un principio de informalidad en cuanto a la formulación de la denuncia y nada más exige que se: "Deberá indicar los hechos correspondientes y las pruebas que se invocan como fundamento." (artículo 152); la informalidad no puede sobredimensionarse a tal grado que soslaye el derecho de defensa del acusado, que tiene como mínimo, e
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