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Resolución 01306-2012
- Tipo
- EXT
- Número
- 01306-2012
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“II.- El instituto procesal denominado en nuestro ordenamiento procesal como deserción y conocido en el derecho comparado bajo una denominación mayormente descriptiva “perención de la instancia” se encuentra justificado en tres elementos axiológicos: a) Una objetiva, determinada por la inactividad, que se reduce a la falta de realización de los actos procesales; b) Otra subjetiva, que se refiere a la actitud omisiva
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